Los derechos de autor son un conjunto de principios y normas que se
concede al autor por el mero hecho de crear una obra, publicada o no.
Estos derechos sobre la obra pueden ser morales o patrimoniales.
Morales
Los derechos morales incluyen el derecho al reconocimiento de la
autoría y el derecho a la integridad de la obra. Son irrenunciables e
intransferibles.
El plagio es la forma más habitual de violación de este derecho.
Patrimoniales o de explotación
Son transferibles, es decir, se pueden ceder a terceros, y tienen un
período de vigencia temporal, generalmente calculado a partir de la
muerte del autor, tras el cual pasan a ser obras de dominio público. Se
suelen traducir en derechos económicos.
- Reproducción: Implica la fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio o en cualquier forma, de toda obra o parte de ella, si permite su comunicación o la obtención de copias. Por tanto, fotocopiar, imprimir, digitalizar, cambiar de soporte o descargar de internet, supondrán la reproducción de la obra o de la parte correspondiente.
- Distribución: Supone la puesta a disposición del público del original o de las copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.Por tanto, la publicación en internet no implica distribución, al no existir ejemplares físicos.
- Comunicación pública: Es todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. No es necesario que el usuario acceda a la obra, basta con que esté puesta a disposición del público.
- Transformación: Comprende la traducción, adaptación y cualquier otra modificación en la forma de la obra de la que se derive una obra diferente.
Fuente: http://poliscience.blogs.upv.es/derechos-de-autor/que-son-los-derechos-de-autor/
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