viernes, 23 de octubre de 2015

IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE DOCUMENTOS EN ESPAÑA A PARTIR DE 1975


Pedro López Gómez
Facultade de Humenidades
Universidade de A Coruña

Resumen: Algunos de los principales problemas de los archivos españoles están ligados a la acumulación de documentos históricos en los archivos administrativos y a la falta de una normativa desarrollada sobre la valoración, selección, eliminación y transferencias de documentos desde aquellos a los archivos históricos. La gestión de documentos, introducida recientemente en España, intenta contribuir al buen funcionamiento del sistema, mediante las técnicas mencionadas. En este trabajo se hace una referencia pormenorizada de sus aplicaciones, especialmente de la identificación y valoración, en los diferentes niveles de la Administración española.
Palabras clave: Gestión de documentos, identificación de documentos, valoración de documentos, Archivos españoles
Abstract: Some of the main problems of Spanish archives are linked to the accumulation of historical documents in the administrative archives and to the lack of a developed regulation about the valuation, selection, elimination and transfers of documents from the above mentioned administrative archives to the historical ones. Records management, recently introduced in Spain, tries to contribute to the good functioning of the system, though the techniques already mentioned. In this piece of work a detailed reference to their applications is made, especially a reference to identification and valuation, considered at the different levels of the Spanish Administration.

Key words: Records management, documentary identification, documentary valuation, Spanish archives.
1. ALGUNAS CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS ESPAÑOLES ACTUALES

En la España de la segunda mitad del s. XX, la Administración, especialmente la Central, se caracteriza por una serie de elementos, algunos de los cuales son comunes a las europeas y norteamericanas de la época, y otros son más específicos, que continúan perviviendo [1]. Recordemos algunos:
  • Ampliación constante de sus campos de actuación, y en consecuencia de su estructura orgánica.
  • Funcionamiento cada vez más interconectado de las distintas administraciones, que incide en la duplicidad de funciones y en la participación de organismos diferentes en áreas funcionales comunes.
  • Multiplicación, a veces innecesaria, de la documentación producida
  • Disminución de los mecanismos de control e la circulación interna y externa de los documentos desde su producción o recepción hasta que son incorporados a su expediente.
  • Escasa incidencia de los esfuerzos e racionalización sobre los procedimientos administrativos.
  • Pérdida de función administrativa de los archivos, a los que se considera en su vertiente cultural más que en la administrativa.
  • Falta de preparación de los funcionarios de los Cuerpos Generales que manejan los archivos de gestión.
Siendo como son los archivos el resultado de la actividad de las distintas administraciones, las virtudes o defectos de la Administración pública española se reflejan directamente en la composición, estructura y situación de los archivos del sistema [2]
Añadamos una política archivística un tanto errática, como ha señalado Francisco Fúster [3], que ha hablado de una “renuncia a una política nacional archivística”, entre 1985 y 1995, cuyas claves se encuentran en las transferencias de gestión de los archivos regionales e históricos provinciales, en la desaparición de la Inspección Técnica de Archivos, y en la desintegración de los Cuerpos de Facultativos y de Ayudantes de Archivos; lo que se ve agravado en la actualidad con la obsesión partidista por deshacer todo lo construido en la etapa anterior y prescindir de los técnicos significados de alguna manera en dicho período.
Las consecuencias han sido, en el aspecto que nos ocupa, por un lado, la acumulación de documentación histórica en los archivos sin identificar adecuadamente; y por otro lado, la introducción de la gestión documental, para tratar de controlar el desbordamiento documental.
1.1. La acumulación de documentación histórica
La existencia y acumulación de grandes masas documentales en los archivos históricos, sin identificar y sin valorar es algo que caracteriza de manera general a todos los países iberoamericanos. Es decir, que a los problemas señalados de la producción documental contemporánea, se les añade otro, relacionado con los fondos preexistentes, que han de sujetarse también a revisión.
La situación no es sólo de mera acumulación. La trayectoria histórica de los fondos documentales, a través de las diversas instituciones que heredaron funciones y documentos de otras anteriores, y el paso de los documentos heredados y de los producidos por ellas, desde unos archivos a otros, antes de su ingreso definitivo en una institución archivística, explica en parte la situación. Pero la propia trayectoria de los archivos históricos - y estoy haciendo una referencia específica a los históricos generales del Estado- no ha contribuido mucho a la clarificación de la situación, pues en muchas ocasiones se han creado agrupaciones arbitrarias, y colecciones documentales, al margen del principio de procedencia, que se intentan justificar en la actualidad bajo el manto sacrosanto de la “tradición”.
La informatización de los archivos, y la norma internacional de descripción archivística, exigen que este principio archivístico se aplique con rigor, lo que ha realzado de nuevo el papel que la identificación cumple en los archivos, incluyendo los históricos [4].
1.2. La introducción de la gestión documental .
Ya hemos indicado el problema de la producción no controlada y cada vez mayor de documentación en el ámbito público, y que es también común al privado. La contestación a este fenómeno, como en otros países industriales de Occidente, ha sido la introducción de la gestión de documentos, en la teoría y en la práctica archivística española..
Sobre la gestión de documentos ha habido últimamente una notable proliferación de textos. Su concepto [5], contenido y modelos [6], y experiencias [7], han sido objeto de trabajos y análisis, y de diversas reuniones específicas [8] . Decíamos en nuestra ponencia sobre la Normativa en los últimos 20 años, presentada al último Congreso de la Anabad, [9]que las normas relativas a la creación, selección, expurgo y transferencias de documentos de un tipo de archivo a otro, facilitan el flujo de los mismos, siguiendo su ciclo vital, y el control de los que tienen valor permanente y deben conservarse indefinidamente frente a los de vida caduca, cuyo período de vigencia administrativa y de existencia física debe conocerse también de antemano para proceder a su destrucción al cumplirse los plazos previstos [10].
De los tipos, clases y categorías de archivos , han sido hasta ahora los archivos de gestión, o de oficina, los que menos atención han recibido, pese a su importancia en la configuración tanto de los administrativos como de los históricos. No han faltado, sin embargo, experiencias [11] que se han propuesto y aplicado como modelo, no sólo en las oficinas de las diversas administraciones, central, - Conde Villaverde ha tratado de la gestión de documentos en la Administración central [12] -. autonómica [13] o local [14], en sus diversos niveles, sino también en los propios archivos históricos[15] y en los museos [16], ni tampoco sugerencias metodológicas [17] y propuestas normativas [18]. Por eso resultó de interés general la publicación de los actas de las 1ª Jornadas sobre Metodología[19], ya mencionadas, y de las XI Jornadas de Archivos Municipales dedicadas a este tema [20]. Todos estos aspectos han sido tocados en el manual de Molina y Leyva sobre archivos administrativos [21].
No obviemos las aportaciones del argentino Vázquez sobre estas cuestiones y en especial sobre la selección documental [22]
No hacemos con ello más que subrayar la importancia de la gestión documental, que, además, con la introducción de la informatización, se ha considerado la piedra angular de la modernización de las Administraciones Públicas [23].
2. LA IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE FONDOS DOCUMENTALES EN LOS DIFERENTES NIVELES DE LA ADMINISTRACIÓN.
2.1. En los archivos de la Administración Central. Los Grupos de Trabajo de la DAE.
El funcionamiento real del sistema archivístico español, especialmente del central, sigue condicionado a dos elementos fundamentales: la capacidad de los respectivos archivos, y la insuficiencia de las normas sobre selección y expurgo y transferencias. La situación es variable en relación al primero, y muy similar respecto al segundo, según los archivos. Ambos problemas son compartidos por todos los archivos ministeriales e históricos generales.
No vamos a insistir en la mencionada saturación de los Archivos ministeriales, General de la Administración e Histórico Nacional. Recordemos, eso sí, que la legislación básica indicada – que hemos señalado como insuficiente - se apoya en el marco creado por la Constitución Española, la Ley del Patrimonio Histórico Español, la Ley de Procedimiento Administrativo, y el obsoleto Reglamento de Archivos del Estado.
Concretamente, la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español señala, en su art. 58 dice que "El estudio y dictamen de las cuestiones relativas a la calificación y utilización de los documentos de la Administración del Estado y del sector público estatal así como su integración en los Archivos y el régimen de acceso e inutilidad administrativa de tales documentos corresponderá a una Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos cuya composición, funcionamiento y competencias específicas se establecerá por vía reglamentaria. A semejanza de ésta, podrán constituirse Comisiones Calificadoras en los Organismos públicos que así se determinen.
En el caso de la documentación judicial, la destrucción deberá sujetarse a las normas de la Administración Central, y no de las Comunidades Autónomas.
Una recopilación de información sobre la normativa del expurgo en la administración central y en la autonómica fue publicada por AABADOM . [24]. Recordemos también que la Universidad Internacional Menéndez y Pelayo realizó un seminario sobre este tema del expurgo en octubre de 1991 [25], y hubo otros en Sevilla, en el mismo año [26].
En cuanto a las normas para la recogida de fondos documentales , sigue vigente para toda laAdministración pública, central o provincial , el D. 914/969, de 8 de mayo, que regula la creación del Archivo General de la Administración Civil del Estado en Alcalá de Henares y las transferencias de los fondos de la Administración Pública, Central e Institucional de más de 25 años de antigüedad, tanto a nivel central, desde los Ministerios hacia este archivo, como desde las Delegaciones y otros organismos provinciales hacia los Archivos Históricos Provinciales.
El análisis de la realidad documental ha originado estudios teóricos y aplicaciones prácticas , de las que conviene citar algunas de las más relevantes.
Frente a la variación de las estructuras organizativas en las administraciones públicas, y ante la carencia de una normativa de procedimiento adecuada a las necesidades de los archivos administrativos de hoy, se ha insistido en la importancia de los estudios de tipología documental , en el análisis de las piezas que conforman el expediente administrativo, configurador de las series documentales [27], que constituyen la gran masa de la documentación administrativa actual [28].
Pero más significativos han sido los estudios sobre documentación contemporánea para los que contamos con un trabajo de carácter general, de Romero Tallafigo [29]. Recordemos, el de Eduardo Sierra sobre el expediente administrativo [30], documento básico para el funcionamiento de la administración pública, como se ha señalado reiteradamente [31], y los realizados por los distintos Grupos de Trabajo de la DAE sobre fondos de la Administración, que mencionamos seguidamente: el Grupo de Trabajo sobre la Administración Institucional de Servicios Socioprofesionales (A.I.S.S.)[32], el Grupo de Trabajo de Justicia [33], Grupo de Trabajo de Gobiernos Civiles [34], el Grupo de Trabajo de Hacienda [35], y el Grupo de Trabajo de los Archivos Administrativos [36].
La Dirección de los Archivos Estatales, hasta su desaparición, el año 1996, mantuvo unos Grupos de Trabajo , ocupados en la identificación y valoración de fondos documentales de Justicia en Audiencias y otros Tribunales, de Gobiernos Civiles, de las Delegaciones de Hacienda, de la Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales (la antigua Organización Sindical), y de documentación económica en las Administraciones Públicas, cuyos objetivos eran la elaboración de manuales de valoración y expurgo de documentos. Sus resultados se expusieron en las Primeras Jornadas sobre Metodología para la Identificación y Valoración de Fondos Documentales de las Administraciones Públicas (Madrid, 1991) [37], que tuvieron un gran influjo en la archivística española en general. Lamentablemente, los condicionantes económicos han paralizado prácticamente todos los grupos, aún cuando sus respectivos manuales están prácticamente ultimados. El de los Gobiernos Civiles se ha revitalizado en un esfuerzo final, y el suyo ya está en prensa, debido a la necesidad de controlar la documentación de estas instituciones, que han sufrido recientemente una transformación orgánico funcional importante.
En la Administración de Justicia , además de las aportaciones realizadas por el Grupo de Trabajo de Justicia, sobre la metodología para la valoración de series documentales en Audiencias y otros tribunales, hay que contar con la propuesta que hizo en su día Muñoz Álvarez sobre plazos de acceso, expurgo y transferencia, de los distintos tipos de juzgados [38].
2.2. En los archivos de la Administración Autonómica
No es nuestra intención hacer mención de toda la normativa existente en el campo de archivos de las respectivas comunidades autónomas. Citaremos tan sólo aquellas que hacen referencia más específica al tema de la identificación y valoración de fondos documentales. En cualquier caso, hay que decir que la legislación ha ido variando desde la atención hacia los archivos generales con una función de investigación histórica, como es el caso del Archivo Nacional de Cataluña (D. 314/1980, 29 de diciembre, DOGC nº 107, 16-I-1981) hacia los archivos con función de atención a las necesidades de la Administración autonómica, como el Archivo Central de la Generalidad Valenciana (D. 57/1984, 21 mayo, BOV, nº 168, 8-VI-1984). Y tras la creación de sistemas de archivos y redes de centros, ha sido la regulación de la valoración y la selección documental la que ha preocupado a las leyes autonómicas, encargándolas a organismos gestores, que son generalmente las Consejerías de Cultura, o el Archivo General, en el caso de Andalucía, asesorados siempre por organismos colegiados técnicos (consejos o comisiones técnicas de archivos), aunque la propuesta y la ejecución ha de ser realizada por los archivos centrales o intermedios [39].
Transferencias, selección y expurgo se plantearon en España desde 1970, en el III Congreso Nacional de Archivos; y en 1983, en el II Congreso de la ANABAD (Heredia, 1985, 200-2), pero no ha sido recogido por las leyes autonómicas hasta la década de los noventa, con las Leyes de Archivos de Castilla y León (1991), Madrid (1993) o La Rioja (19934).
En el caso de Cataluña [40], a partir de la Ley de Archivos de Cataluña (Ley 6/1985, de 26 de abril, de Archivos (DOGC 536, 10-V-85), se desarrolla el sistema normativo, que tiende a cubrir algunas de las deficiencias de la ley. Entre otras disposiciones, el Decreto 340/1989, de 19 de diciembre, sobre la organización y la gestión de los archivos de la Generalitat de Cataluña (DOGC 1.242, 15-1-1990), que fue substituido por otro decreto que regula el sistema general de gestión e la documentación administrativa y la organización de los archivos de la Generalitat de Cataluña: D. 76/1996, de 5 de mayo (DOGC, 2.180, 11-III-1996). Y se normativiza la evaluación y selección de documentación de la Administración pública a lo largo de 1990 [41], afrontando con decisión este problema fundamental, superando así una concepción historicista de los archivos que había caracterizado el período inicial del desarrollo del sistema de archivos catalán.
Los decretos refundidos de 3 de mayo 1990 y 16 de mayo de 1994, aplicables a la documentación de competencia exclusiva de la Generalitat, crean y establecen la composición de la Comisión Nacional de Evaluación y Selección; ponen como fecha tope de evaluación y selección la de 1940; y mandan realizar los trámite antes de la entrada de los documentos en los archivos históricos. La orden de 15 de octubre de 1992, que aprobó los criterios generales de evaluación, selección y eliminación de documentación, tiene unos criterios positivos tan amplios, que no sientan criterios fijos de conservación, mientras que los de eliminación negativos son más concretos. Se completa con la orden de 8 de febrero de 1994, que regula la aplicación de las tablas de evaluación de la documentación de la Administración Pública, y por las órdenes de 17 de enero de 1994, 30 enero de 1995 y 26 septiembre de 1995, de aprobación de tablas de evaluación y selección de documentos administrativos de la Generalitat, y con la del 13 de enero de 1994, que organizaba grupos de trabajo en el seno de la Comisión Nacional de Evaluación y Selección de Documentación [42]
La Comunidad de Madrid, ha dictado su propia Ley de Archivos y Patrimonio Documental en 1993 (L. 4/1993, de 21 de abril de Archivos y Patrimonio Documental; BOCM 101, de 30 de abril de 1993). En ella se establece un Consejo de Archivos de la Comunidad, de quien depende la selección y expurgo de documentación, lo que ligará su efectividad a la composición del organismo. [43]
El análisis y valoración de las series documentales en un punto clave en la concepción archivística de la Comunidad de Madrid, según dice Ana Duplá [44]. Hay un plan sectorial para la organización y funcionamiento del Subsistema de Archivos autonómicos, presentado en 1990 a la Comisión de Secretarios Generales Técnicos, y aún no aprobado en su totalidad, que incluye una serie de programas, entre ellos el “de análisis y valoración de serie documentales”, y que deberá realizarse por el personal de los Archivos Centrales de las Consejerías, una vez dotados, en colaboración con las oficinas y bajo la dirección y coordinación del Archivo Regional. En este programa están diseñados tanto el procedimiento como los formatos, que están incluidos en el Manual de Archivos de Oficina.
En cuanto a Aragón [45], La Ley de Archivos de Aragón (Ley 6/1993, de 9 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por la que se crea el Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón), con una terminología no muy correcta, prevé la posibilidad de eliminar los documentos sin validez administrativa ni valor histórico; los criterios de eliminación de la documentación se establecerán reglamentariamente de acuerdo con la Comisión Superior Calificadora de documentos administrativos, comisión que el Ministerio de Cultura no ha creado hasta la fecha. Y la determinación de los plazos de selección para la documentación producida por el Gobierno Autónomo, siempre que no subsista valor probatorio de personas o entes públicos y de acuerdo con la Ley de Patrimonio Histórico Español y la Ley de Archivos de Aragón, corresponderá a la Comisión de Valoración de Documentación Administrativa, creado por el D. 12/1993, que da origen al Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Sus funciones serán:
A) La valoración individual de cada serie documental para analizar su valor administrativo, legal e histórico.
B) El establecimiento de los plazos y criterios de transferencia de la documentación administrativa al Archivo de la Administración y al Archivo General de Aragón.
C) La determinación de los criterios para llevar a cabo la selección o expurgo de los documentos, a fin de eliminar aquellos que no se consideren de conservación permanente.
D) La delimitación de la forma de acceso por parte de los ciudadanos a la consulta de los documentos transferidos al Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y a la información en ellos contenida de conformidad con lo que se establece en el art. 27 de la Ley de Archivos de Aragón.
En Andalucía, la revisión del actual diseño del Sistema Andaluz de Archivos, dentro del II Plan General de Bienes Culturales (1996-1999), ha llevado a diseñar un Proyecto de Gestión Documental de Archivos Andaluces [46], entre cuyos objetivos está el control de la producción documental desde su génesis a su eliminación; la normalización de los distintos procesos relacionados con la vida del documento; asegurar la planificación archivística desde los archivos de gestión (normalización de procedimientos y documentos, identificación de series documentales, valoración de series documentales; que llevarán a las propuestas consiguientes de: transferencias, selección documental: conservación/eliminación, acceso, clasificación, ordenación, descripción, servicio); rentabilizar la calidad del servicio prestado como unidades de apoyo a la gestión administrativa y asegurar una correcta tutela del Patrimonio Documental.
Si nos detenemos algo más en el proyecto, verdaderamente notable, sus fases y su metodología, referidas a la identificación y valoración son:
A) Fase de identificación: (comenzando por la identificación en las unidades administrativas y siguiendo en el archivo central, de aquellas ya transferidas e identificadas, pero no normalizadas).
  • Identificación de series documentales de funciones horizontales de la Comunidad Autónoma. Ej. Secretarías generales técnicas.
  • Identificación de series documentales de funciones específicas de la Comunidad Autónoma. Ej. Dirección General de Bienes Culturales.
    Se ha creado una mesa de trabajo para coordinar y normalizar los criterios utilizados.
    Los datos obtenidos en la fase de identificación son:
    • Dígitos de la serie documental y denominación de la serie
    • Estudio de la evolución orgánica de la institución, con determinación de las funciones desarrolladas a lo largo del tiempo y su adscripción orgánica.
    • Estudio de la normativa específica que regule el origen de la serie, procedimiento y tipos documentales que la integran.
    • Estudio de los circuitos documentales generados durante la tramitación del expediente, que permita establecer la serie principal, relacionada, fracción..., así como de los tipos documentales y su tradición documental.
    • Datos cuantitativos y cualitativos de la serie documental: volumen, fechas extremas, ordenación, descripción, valores, acceso, consultabilidad.
La fase de identificación de las series documentales concluirá con la elaboración del cuadro de clasificación, ajustándose los dígitos y la denominación de las series documentales a criterios normalizados para las mismas funciones en los distintos departamentos.
B) Fase de valoración: del análisis a la fase de identificación, se concluirá con las siguientes propuestas:
  • Plazos de permanencia/transferencias (archivos de gestión, central, intermedio, histórico).
  • Selección documental: conservación/eliminación (archivo de gestión, central, intermedio, histórico)
  • Acceso.
El resultado de esta fase lo constituirán las tablas de valoración documental.
Los resultados obtenidos, fase de identificación y valoración, se publicarán en manuales de tipologías documentales, cuya publicación servirá de apoyo a las unidades administrativas para su tramitación, constituyendo una pieza clave para la gestión documental; y constituirá una guía e instrumento normalizador para los archiveros.
A nivel autonómico , el funcionamiento de los respectivos sistemas depende de la existencia real o ficticia y de las competencias del Archivo General de la Administración respectivo de cada autonomía, con casos tan diferentes como el de Galicia [47] - donde lo teórico prima sobre lo real-, de Andalucía - algo más concreto [48]-, de Madrid - donde el Centro Regional de Archivos es una realidad operativa hace tiempo [49]-, o de Cataluña - donde existe un Archivo Histórico Nacional y no un general de la Administración [50]).
Antonia Heredia [51] ha indicado algunos de los problemas que se plantean en todos estos sistemas autonómicos, que en relación a la identificación y valoración podríamos resumir así:
- Hay una producción documental incontrolada, por falta de una adecuada racionalización en su tramitación, por la complejidad y complicación de los procedimientos, que dificultan la gestión documental. Las intervenciones - no sólo económicas- originan series principales, series de referencia y fracciones de series que son difíciles de controlar.
- Son escasos los estudios de identificación y valoración, por lo que no hay suficientes propuestas de expurgo que alivien la producción documental.
- La identificación y valoración, que se entendía como fase previa de la descripción de los fondos históricos, necesaria para la elaboración de los cuadros de clasificación y para fijar la tipología documental, son necesarias para la organización y descripción, y también para la fijación de la permanencia de los documentos en los archivos y de los plazos de transferencias y para la determinación de las series expurgables. Representan la instrumentalización necesaria para conseguir la fluidez de los sistemas.
- Las transferencias no son lo regulares que debieran, y a veces son inadecuadas, pues faltan los estudios previos de identificación y valoración. Hay falta de fluidez en la circulación de la documentación dentro del ciclo vital de los documentos. Existe detención en los archivos de oficina, retención en los centrales y poca o escasa circulación en dirección a los intermedios.
- Los plazos cronológicos para fijar las edades de los documentos que han de configurar los diversos tipos de archivos varían de unas comunidades a otras; el barajar plazos de hasta 30 años no facilita la circulación, y la creación de los archivos generales, regionales o nacionales habría tenido que aplazarse; los plazos tendrían que venir determinados por la valoración de las series.
2.3. En los archivos de la Administración local.
Al margen, y con anterioridad a la existencia de los grupos de carácter oficial puestos en marcha por la DAE, hay que mencionar la del Grupo de Archiveros Municipales de Madrid , núcleo originario dela Mesa Nacional de Archivos Municipales , cuyos estudios sobre tipología y sus cuadros de organización de fondos y selección son conocidos y utilizados de manera generalizada, aunque en paralelo existan otros sistemas en administraciones autonómicas y locales con fuerte personalidad, y que se mantienen al margen de los intentos de normalización apuntados.
Sin duda, lo más relevante en el ámbito municipal, ha sido la creación de numerosos grupos de trabajo de archivos municipales, y la elaboración de una teoría de la gestión de documentos en el ámbito local, con sus instrumentos específicos:
1) Legislación. el ROF.
2) Los estudios de tipología documental (3 volúmenes)
3) Los cuadros de clasificación para ayuntamientos de 1ª, 2ª y 3ª categoría.
4) Los cuadros de eliminación de documentos.
5) La elaboración de un cuadro de clasificación unitario para todo el país, a través de la Mesa Nacional de Archivos Municipales.
- Los estudios de tipología documental municipal , de los que no faltan los referidos a períodos y territorios concretos [52], y cuya necesidad de abordar íntegra y sistemáticamente se había constatado en las II Jornadas de Archivos Municipales, en Móstoles, en 1983, comenzaron a realizarse de manera sistemática por el Grupo de Archiveros Municipales de Madrid, que en 1988 ponía en circulación el primero de sus volúmenes [53] dedicados a esta cuestión. Obligados por el reto que suponía la normalización y la necesidad de implantar sistemas de gestión automatizados, era imprescindible el tener perfectamente identificadas, de manera previa, las series documentales, lo que exigía, también previamente, el estudio de las tipologías documentales. Crearon un modelo de descripción para el tipo documental que se adaptara a las necesidades archivísticas, cuya estructura en 10 epígrafes sigue de alguna manera el sugerido en su día por Vicenta Cortés [54]. El segundo manual de tipologías se editó en 1992 [55]; y el tercero en 1994 [56]. Han aparecido también estudios de series de documentos municipales, como el tan característico de quintas [57]. Y finalmente, como obra compendiadora de todos los trabajos anteriores, mencionemos el estudio sobre los archivos de la administración local editado por Anabad-Castilla - La Mancha [58]. Bajo ese epígrafe se engloban también los archivos de las diputaciones provinciales, a cuyo tratamiento, desde el manual de Antonia Heredia [59] solo hubo contadas aportaciones, como la de Rey de las Peñas [60].
En lo referente a la valoración, la existencia de un manual de expurgo y diversas propuestas, facilita la cuestión. La elaboración del manual ha sido uno de los objetivos del Grupo de Trabajo de Archiveros Municipales de Madrid, que presentó un anteproyecto a las II Jornadas de Archivos Municipales de Móstoles, celebradas en 1983; la propuesta se presentó a las VII Jornadas [61] , celebradas en Leganés y se publicó en 1990 [62]. El estudio indica el nombre de las series documentales tipológicas, en su cuadro orgánico de clasificación, con expresión de los años de vigencia administrativa, su custodia temporal o permanente, y el tipo de muestreo que se recomienda. En el ámbito catalán, otras voces se han unido a las reflexiones sobre la normativa del expurgo [63]. Existen normativas específicas para algún archivo municipal, como el de Barcelona, o el Oviedo [64].
En relación a la organización de fondos en el ámbito municipal, además de aportaciones concretas de centros también determinados [65], han aparecido cuadros de clasificación con criterios diferenciados. Más centrados en la administración contemporánea, los elaborados por el Grupo de Trabajo de los Archivos Municipales de Madrid, que publicaron cuadros para los ayuntamientos con Secretarías de 1ª, 2ª ó 3ª categoría [66]; y más integradores de la documentación de carácter histórico, los propuestos por Antonia Heredia y colaboradores, en sus planes de organización de archivos municipales en las provincias de Sevilla y Huelva propulsados por las respectivas Diputaciones Provinciales [67]. Prácticamente en casi todas las comunidades autónomas han propuesto cuadros de clasificación diferentes, realizados con distinto rigor, por lo que el IV Congreso de la Anabad de 1988, recomendó la creación de una Mesa Nacional, para el estudio de una propuesta de cuadro único que pudiera ser asumida por todos los archivos municipales españoles con carácter general.
El 7 de octubre de 1988 se reunió una 1º Mesa Redonda en el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes (Madrid), aprobándose los criterios fundamentales para la elaboración del cuadro único, entre ellos la conveniencia de que fuera funcional, para poder introducir los posibles cambios que se produjesen en el futuro [68]. En Murcia, en enero de 1995, se aprobó el cuadro definitivo, que fue publicado en la Mesa nº 11, también en San Sebastián de los Reyes, el 15 de noviembre de 1996.
Paralelamente, las diversas administraciones y grupos que trabajan sobre este tema han continuado su actividad. El tema "la clasificación de los fondos documentales", fue el monográfico a que se dedicaron las VI Jornadas de Archivos Municipales organizadas del 15 al 16 de diciembre de 1988, por el Grupo de Archiveros Municipales de Madrid, en San Sebastián de los Reyes [69], y cuya ponencia trataba de la clasificación integral de los archivos municipales de Madrid provincia. Señalemos la presencia en esas jornadas de José Mariz, y del archivero de la Cámara Municipal de Sintra, Eugenio Montoito representantes de la Administración portuguesa (IPA), donde ya se ha introducido un único cuadro para todo el país.
Se reeditó el cuadro de organización de fondos de archivos municipales para ayuntamientos con secretarías de 1ª categoría, del Grupo de Trabajo de los Archiveros Municipales de Madrid, (1ª de 1985), con aumentos y correcciones en función de las nuevas aportaciones de sus miembros [70].
Ha continuado la elaboración de propuestas de clasificación de Archivos, como la realizada por el Grupo de Trabajo de archivos municipales de Castilla-La Mancha, presentada en las VI Jornadas antes mencionadas, como previo para la realización de los inventarios de los archivos de la región[71], de conformidad con las líneas señaladas con anterioridad.
La Consellería de Cultura e Xuventude de la Xunta de Galicia ha fomentado la reorganización de fondos municipales, dentro de sus planes anuales, con sujeción a cuadros normativos, muy próximos a los indicados [72], también utilizados por los ayuntamientos más dinámicos [73]; no ocurre así con la Diputación Provincial de Pontevedra, dentro de su benemérito y ya antiguo plan de organización de los correspondientes a su ámbito provincial, que usa uno propio [74]. Esto ocurre en algunas otras instituciones, que utilizan cuadros particulares de clasificación por motivos diversos, en algunos casos de carácter histórico, como la "tabla de clasificación" de Serapio Múgica, basada en criterios funcionales, y usada en la provincia de Álava [75], como lo fue con anterioridad en gran parte del país vasco.
Para un conocimiento exhaustivo de la evolución de los cuadros de clasificación en el ámbito de los archivos municipales, hasta 1989, puede verse la aportación de María del Carmen Fernández Hidalgo y Mariano García Ruipérez [76].
La Generalidad de Cataluña ha publicado sus normas de clasificación, en 1989, ajustadas a una metodología archivística correcta, de la autoría de Matas i Balaguer [77], que reemplaza a otras propuestas menos afortunadas. El cuadro de clasificación de Riera Vayreda se ha establecido como norma metodológica de los servicios técnicos de archivo del Consell Insular de Mallorca, seguido en las publicaciones de inventarios de los archivos municipales de la isla [78].
2.4. La identificación y valoración de fondos documentales en los Archivos Históricos
Los estudios de tipología sobre documentos en archivos históricos han sido frecuentes, y no podemos por menos de recordar los de Martín Postigo sobre las cancillerías reales castellanas [79], y los de Romero Tallafigo sobre la cancillería de los condes de Prades y Ribagorza [80]; o los de Antonia Heredia [81], la reedición del clásico de José Joaquín Real Díaz [82], y los de Margarita Gómez [83] todos ellos sobre documentación indiana de la Administración Central en el Antiguo Régimen, sin que falten incursiones en documentos de otro ámbito, como los judiciales [84] o los notariales [85], o el catastro de Ensenada [86].
Sin embargo, los criterios orgánico-funcionales propuestos por los mencionados grupos de trabajo, tanto de los Archivos Municipales como de la DAE, para la elaboración de cuadros de organización de fondos , o si se quiere de clasificación, no despiertan las mismas adhesiones por parte de todo el mundo en los Archivos Históricos Generales . He vivido recientemente, y ha sido pública, la polémica sobre la reclasificación de los fondos del Archivo de la Corona de Aragón, que de una propuesta interna de trabajo pasó a constituirse en elemento de agresión política saltando por encima de todas las normas de ética profesional [87]. Al calor del debate salieron a la palestra posturas enfrentadas defendiendo el valor de la tradición y del carácter “histórico” en la clasificación de los archivos, frente a la identificación y jerarquización de los mismos con base en criterios orgánico-funcionales y del carácter “administrativo” de los mismos [88]. Sumamente expresiva es la última aportación -por ahora- de Vicenta Cortés sobre el tema de la organización de fondos en los archivos históricos [89], dificultada, según afirma, por la carencia de recursos humanos, de locales adecuados y de programas, lo que unido a un temor reverencial al pasado y a la tradición, impiden avanzar en las labores de normalizar los cuadros y las tipologías documentales. Recordemos que las propuestas de esta autora a las clasificaciones de fondos son muy variadas y amplias en el espacio y tiempo [90].
Esta postura, más visible en los grandes centros históricos, es radicalmente distinta a la mantenida en los archivos históricos provinciales, y por lo general en todos aquellos archivos de instituciones vivas, y por tanto con fondos abiertos a nuevas incorporaciones. Sin embargo, la correcta identificación y valoración de los fondos históricos culminan en nuevos cuadros de clasificación, como ya ha sido reiteradamente expuesto [91].
Se han consolidado los Archivos Históricos Provinciales como archivos generales provinciales, con la transferencia de su gestión a las respectivas comunidades autónomas, y la incorporación de las delegaciones de las Consejerías autonómicas, y otros organismos dependientes de las mismas, al esquema teórico de órganos transfirientes de documentos; pero su carácter de históricos o históricos e intermedios depende de su capacidad espacial en unos casos; y en otros de concepciones orwellianas de la historia, como las supresiones de todas las referencias al ámbito provincial efectuadas en los antiguos Archivos Históricos Provinciales de Cataluña, que han pasado a denominarse Archivos Históricos, sin más, de las respectivas localidades en que tienen su sede.
En archivos históricos de gestión más ágil, o más vueltos al mundo actual por ser abiertos a nuevas incorporaciones, como es el caso de los Archivos Históricos Provinciales, o de los Regionales que cumplen, además, el papel de Provinciales (Archivo del Reino de Galicia), el tema de la identificación (ligado a la clasificación de fondos) ha originado comisiones de trabajo y apariciones de manuales de organización, cuyo cumplimiento se ha generalizado de manera espontánea en casi todos estos centros.
En el caso de los A rchivos Históricos Provinciales ha habido una evolución en las propuestas declasificación de sus fondos y también de los regionales, especialmente del Archivo del Reino de Galicia [92]. Estos cuadros se elaboraron para intentar presentar de manera uniforme la información sobre los fondos recogidos en dichos Centros, que ofrecía tanta variedad como número de los existentes, y con la intención de homogeneizar su tratamiento y facilitar el intercambio de datos a ellos referidos. Y la secuencia va desde una propuesta inicial, de Olga Gallego y Pedro López, en 1980 [93], que fue utilizada con carácter general al abordar la panorámica de estos archivos en el cincuentenario de su creación [94], hasta llegar a un consenso final entre profesionales, en 1994, con el manual sobre Organización de fondos de archivos históricos provinciales [95], pasando por normativas y recomendaciones del Ministerio de Cultura, a través de los servicios de normalización de la Subdirección de Archivos. Las vicisitudes de este consenso pueden verse en las publicaciones citadas. El cuadro fue utilizado en la Guía de los archivos estatales españoles en sus dos ediciones de 1977 y 1984, y por Eduardo Gómez-Llera García-Nava [96] y Juan José Generelo Lanaspa [97], que han vuelto a tratar de estos centros y su organización, ampliando los datos y actualizando la bibliografía.
La misma metodología se ha aplicado en la organización y descripción de fondos determinados , recogidos en los Archivos Históricos Provinciales y Regionales; entre los múltiples ejemplos, puedo citar algunos que me son próximos, como los relacionados con el Gobierno Civil [98], la Delegación de Cultura [99], el Sanatorio de Oza [100], o el Parque y Maestranza de Artillería de A Coruña. [101]
2.5. Identificación y Valoración de fondos documentales en otras administraciones
Recordemos; los realizados sobre documentos producidos por las diputaciones provinciales ; o sobre los archivos parroquiales [102].
No han faltado estudios tipológicos de otras realidades archivísticas, en otros ámbitos de la administración , como en el ya citado de las diputaciones provinciales [103] o como en el de los hospitales públicos, con el estudio de los de expedientes de historias clínicas realizadas por la Comisión del Hospital “Juan Canalejo” de A Coruña [104]; ámbitos donde también se han hecho estudios de organización de fondos, de gran importancia, por la trascendencia de los documentos de las corporaciones locales [105] y de la documentación clínica [106] como elemento fundamental de los archivos hospitalarios [107]..
En los archivos eclesiásticos , la Asociación de Archiveros Eclesiásticos [108]viene realizando una importante tarea normalizadora a través de sus publicaciones, pues es cierto que la situación de los archivos eclesiásticos adolece de una alarmante heterogeneidad, pese a la similitud de las instituciones de procedencia, como diócesis, catedrales o parroquias. Es sorprendente la carencia de propuestas de carácter general, pese a la existencia de valiosos cuadros de clasificación, como el la diócesis y catedral de Barcelona, obra probablemente de Martín Botet, como indica Vicenta Cortés[109], o el aplicado por Antonio Díaz García al Archivo Diocesano de Albacete, en vías de informatización [110]. Otras aportaciones significativas han sido las de Pedral Costa para los archivos eclesiásticos locales [111].
3. CONCLUSIONES SOBRE LA IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE FONDOS DOCUMENTALES EN ESPAÑA .
Todas las actividades archivísticas relacionadas con el movimiento de los documentos de archivos, como resultado de los procesos de transferencias, selección y eliminación, dentro de un único archivo, o en un sistema integral, ha sido identificado recientemente con el nombre de "gestión de documentos", y se nos ha presentado como un resultado de la Archivística norteamericana, de EEUU y Canadá, mucho más moderna, práctica y eficiente.
Frente a esta invasión de nombres, conceptos "nuevos" y otras teorías importadas, hace tiempo que venimos manifestando la existencia de una tradición archivística española, que a lo largo del s. XIX elabora toda una teoría sobre la materia.
Valga como prueba de lo expuesto la ejemplificación que hemos realizado con el fondo judicial de la Real Audiencia de Galicia, en el Archivo del Reino de Galicia [112], y la teoría elaborada por sus responsables, a partir de una praxis continuada, y que no debió ser una experiencia aislada.
Así, en la primera mitad de siglo, se dispone: qué eliminar, concretando los tipos documentales, y de qué fechas; y en la segunda mitad, se fijan los principios generales, las reglas específicas y los períodos cronológicos en que habrán de efectuarse los expurgos, las formas de destrucción, y la obtención de ingresos a partir del subproducto resultante.
Podemos afirmar la contemporaneidad de este planteamiento teórico y de sus realizaciones prácticas, absolutamente actuales. Se verán frenadas en el primer tercio del siglo XX, en que, durante el franquismo, se volverán a repetir los supuestos de la primera mitad del s. XIX, abandonando la metodología sistemática de la época inmediatamente anterior, en ara de unas actuaciones casuísticas y con unos intereses puntuales.
Reiteramos pues, que la "gestión de documentos", tiene también sus raíces en la tradición hispana, aún cuando se nos presente con nuevas vestiduras.
Ahora bien, que tenga sus raíces no quiere decir que esté convenientemente implantada, ni bien desarrollada y estructurada. De hecho, se notan vacíos muy preocupantes en los diversos niveles de la Administración pública, que afectan especialmente a la central y autonómica, no quedando al margen la documentación judicial, donde la situación de sus archivos deja mucho que desear. Y esto por no citar otros casos que no se han considerado tradicionalmente formando parte de ningún sistema, como los archivos del Legislativo o de aquellos organismos especiales, que sin embargo se enfrentan con masas portentosas de documentación, como pasa con el Tribunal de Cuentas.
La necesidad de que se cree la Junta Superior Calificadora de Documentos Administrativo, tanto al nivel estatal como al de las respectivas comunidades es una de las Conclusiones de la Rama de Archivos del VI Congreso de la Anabad (4ª) [113]; y otra que se impulse el estudio sobre identificación y valoración de series documentales para servir de base a las normas correspondientes de transferencia y expurgo (8º). Son también las que finalizan este trabajo, con la indicación de que constituyen un imperativo normativo y un reto profesional a a la comunidad colectiva
La inexistencia de estudios de identificación y valoración de series documentales es algo gravísimo por el descontrol documental que presupone y por el peligro de desbordamiento de la producción documental, con riesgo para aquella parte del patrimonio especialmente valiosa desde el punto de vista legal, jurídico, fiscal e histórico.
Sin embargo, no se puede esperar la finalización de estudios de tipologías documentales para cada una de las series que componen los fondos de la Administración Pública, al menos no con la profundidad que se han realizado en ciertos casos, pues es condenar al proceso por inoperante. Se necesitan operaciones más rápidas y globales, enmarcadas en los estudios de identificación y valoración, que propongan cuadros generales de clasificación, y la selección de las series con la eliminación rápida y ajustada a los períodos decretados, para ahorrar espacios, tiempo, dinero y trabajo, cuestiones que afectan, aunque de manera desigual, a la Administración, a los ciudadanos y a los investigadores.
Tal vez haya que priorizar los estudios de aquellas series que por su cuantía representan el núcleo del problema en cuanto a masas documentales, en relación a las valoraciones y transferencias, como se ha hecho a nivel central con la documentación de carácter económico; y considerar más irrelevantes los de aquellas otras que no plantean excesivo problema en cuanto a volumen. Ciertamente, con las priorizaciones, no se solucione el problema, pero se contribuirá, sin duda, a aligerarlo.

Fuente y ver más: http://revistas.um.es/analesdoc/article/view/3081/3051

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